Principio de suficiencia financiera: tasas locales
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Cuando se trata de allegar nuevos recursos a las entidades locales aparece en primer lugar la figura de las tasas, dada la menor rigidez de su regulación, su indudable peso histórico, y ser tales entidades instituciones esencialmente prestadoras de servicios públicos y cuyo dominio público es aprovechado por las empresas y particulares para su propio beneficio. La autonomía tributaria local se manifiesta de forma rotunda por la amplitud legal de los presupuestos de hecho y de la cuantificación de las tasas: el ente local no solo decidirá si establece o no la exacción de una concreta tasa, sino que también determinará, con un amplio margen de actuación, su cuantificación. La actual situación económica, en relación con el principio constitucional de suficiencia financiera local, obliga a analizar las posibilidades, pero también los límites, en el establecimiento y cuantificación de las tasas. Muchas veces se trata de decisiones de carácter político sobre la forma de financiación de los servicios públicos; en cam bio, la utilización privativa del dominio público local debe estar gravada siempre y en proporción a la utilidad obtenida. Por fin, han de examinarse las últimas novedades, legales y jurisprudenciales, en unas y otras tasas.