Devolución de ingresos tributarios indebidos por los entes locales

Emilio Aragonés Beltrán

Contenido principal del artículo

Publicado: ago 1, 2023
Número: QDL. Nº 30
Resumen

Tanto la mecánica de cada tributo como las reglas generales derivadas de la ejecutividad de las liquidaciones tributarias, originan en la práctica numerosos supuestos de devolución a los obligados tributarios, por parte de las Administraciones tributarias, de cantidades previamente ingresadas y sus correspondientes intereses. La Ley reguladora de las Haciendas Locales remite a la normativa general contenida en la Ley General Tributaria, a la que ha de ajustarse la devolución de ingresos indebidos en el ámbito de los tributos locales. Ello exige examinar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo local, incluida la resultante de los tributos de gestión compartida; los supuestos genuinos de ingresos indebidos; los casos de nulidad cualificada; la rectificación de autoliquidaciones; y la ejecución de resoluciones administrativas, económico-administrativas o jurisdiccionales anulatorias.

Detalles del artículo

Palabras clave:
tributos locales, ingresos indebidos, impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre actividades económicas, nulidad de actos tributarios, autoliquidaciones, intereses de demora, prescripción