El nuevo procedimiento administrativo común: (Ley 39/2015, de 1 de octubre)

Alejandro Hernández del Castillo

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Publicado: ago 1, 2023
Número: QDL. Nº 41
Resumen

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, supuso un importante hito en la tramitación del procedimiento administrativo común, introduciendo novedades a fin de agilizar aquella tramitación, pero que pronto se demostraron inoperantes, como es el caso de la comunicación previa introducida en el originario artículo 110.3, y que fue suprimida con la reforma por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Por su parte, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, continúa con la obsesión de agilizar la tramitación del procedimiento administrativo (podríamos decir, incluso, que en nuestro país la demora en la tramitación de cualquier procedimiento, tanto administrativo como judicial, se ha convertido en una lacra del sistema que lo estrangula, haciendo que las soluciones tan tardías dejen de ser verdaderas soluciones). Con este propósito la Ley 39/2015 introduce novedades que, en la mayoría de los casos, son fruto de la experiencia acumulada a través de la práctica procesal y de la doctrina de los tribunales, dando respuesta, además, a alguna aspiración ciudadana, como es el caso de la consideración como inhábiles de los sábados. Ciertamente es loable la introducción del uso generalizado y obligatorio de medios electrónicos o la simplificación del procedimiento administrativo, aunque en el primer caso se haga con una forma un tanto discutible, pues llama la atención que, rigiéndose toda la actuación de la Administración por el principio de legalidad, se deje en manos de la misma determinar los sujetos que vengan obligados a ese uso de medios electrónicos en atención a su capacidad económica, técnica o dedicación profesional, por ejemplo. Menos aún se comprende que en los tiempos que corren de publicidad y transparencia se explicite que no forman parte del expediente administrativo los informes internos o entre órganos o entidades administrativas, pues es precisamente esa transparencia, y no el ocultismo, la que dignifica a la Administración en su actuación, consolidando la confianza legítima de los ciudadanos.

Detalles del artículo

Palabras clave:
legalización, medios electrónicos, simplificación, expediente