El derecho de defensa en las actuaciones previas al procedimiento de reintegro por alcance del Tribunal de Cuentas

Rafael Entrena Fabré

Contenido principal del artículo

Publicado: ago 1, 2023
Número: QDL. Nº 56
Resumen

El Tribunal de Cuentas ha elaborado una doctrina que afecta, gravemente, el derecho de defensa de los afectados por procedimientos por responsabilidad contable. Dicha merma de garantías se proyecta en diversos ámbitos.


Así, de un lado, se soslaya la doctrina del Tribunal Supremo, al vehicular, reiteradamente, a través del procedimiento de alcance, todo tipo de infracciones contables, como los pagos indebidos, ampliando, indebidamente, el concepto de alcance y vaciando de contenido los demás supuestos contemplados en el artículo 177 de la Ley general Presupuestaria.


En lo que se refiere a los procedimientos previos a la vía jurisdiccional, (diligencias preliminares y actuaciones previas) se restringe, de manera significativa, la posibilidad de intervención de los afectados, en clara vulneración del artículo 24 de nuestra norma fundamental, y se inadmiten argumentos que podrían conducir a la inexistencia de una liquidación provisional y la consiguiente inexigencia de garantías.


Por lo que respecta al recurso previsto en el artículo 48 LFTCu, la jurisprudencia del Tribunal de Cuentas debería modularse en un sentido más garantista para los derechos de los interesados. No nos parece admisible que la constante reiteración de la hermética doctrina de la Sala de Justicia en esta materia, provoque la sistemática inadmisión o desestimación de prácticamente todo recurso presentado.

Detalles del artículo

Palabras clave:
responsabilidad contable, alcance, Tribunal de Cuentas, actuaciones previas, indefensión, garantías, cuentadante, juicio de cuentas, jurisdicción contable