La “funcionarización” de laborales indefinidos no fijos de plantilla. Una posible solución en el ámbito local

Marcos Peña Molina

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Publicado: ago 1, 2023
Número: QDL. Nº 38
Resumen

La creación jurisprudencial de la figura del indefinido no fijo de plantilla como consecuencia de contrataciones laborales realizadas por la Administración Pública en fraude de ley, ha generado numerosas distorsiones organizativas a la hora de integrar personal con puestos laborales en plazas funcionariales dotadas presupuestariamente. Descartada por la jurisdicción laboral la aplicación de la normativa administrativa básica, para declarar nulas aquellas contrataciones que se hayan llevado a cabo prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, se decantó por acordar la existencia de puestos de trabajo de carácter indefinido pero no fijo de plantilla, obligando a la Administración a articular medidas que permitieran encajar dicho personal en algunas de las categorías de empleado público existentes. Como posible solución al problema expuesto en el ámbito local, en los supuestos en los que existieran plazas funcionariales dotadas presupuestariamente, este artículo propone un procedimiento de gestión pública que, basándose en la naturaleza del vínculo jurídico-material temporal que une al trabajador con la Administración/empleador, que no cambia, y bajo consentimiento de este, produzca una novación de la estructura formal de la relación laboral indefinida en una relación estatutaria interina por vacante (Sentencia de 31 de enero de 2014, de la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias). No siendo posible convertir automáticamente a un interino en funcionario de carrera, a la vista de los principios constitucionales de mérito y capacidad, la cobertura definitiva de la plaza se debería llevar a cabo a través de procesos selectivos en la modalidad de concurso-oposición, cauce idóneo y lógico para tomar en consideración los méritos adquiridos por el empleado en su prolongada relación con la Administración, primero como laboral y luego como funcionario interino.

Detalles del artículo

Palabras clave:
indefinidos, no fijos, interino, RPT, plantilla, personal, jurisdicción laboral, presupuesto, Tribunal Supremo, temporal, Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, entidad local