La gestión municipal de residuos en el marco del régimen de responsabilidad ampliada del productor del producto
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El actual régimen jurídico de los residuos conlleva nuevas obligaciones para los entes locales españoles, que no solo deben adaptar el contenido de sus ordenanzas locales a lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (o, en su caso, a la normativa autonómica), sino que, además, las mismas deben redactarse conforme a los reales decretos que regulen la responsabilidad ampliada del productor de los productos que, con su uso, terminarán constituyendo cualquiera de las fracciones de residuos que se engloban en el concepto actual de “residuos domésticos”, tales como, por ejemplo, aparatos eléctricos y electrónicos, envases y residuos de envases, pilas y acumuladores, etc. En este sentido, es previsible que en la gestión de tales residuos se involucre a las entidades locales, normalmente a través de acuerdos celebrados con algunos de los sistemas individuales o colectivos por los cuales los productores de productos hayan decidido dar cumplimiento a sus obligaciones de gestión de los residuos que, en un futuro, generen los productos que ponen en el mercado.